«Mi madre me contaba que cuando mi abuelo era joven, los mozos, y los no tan mozos, salían a la plaza del pueblo a primera hora de la mañana. Llegaban con algo de comida en el talego con la esperanza de que alguien los llevara a trabajar. Quienes tenían tierras acudían en busca de manos para trabajarlas. Si esas manos eran baratas, mejor. Los más afortunados trabajarían ese día y llevarían a casa el jornal; los otros, volverían con las manos vacías. Algunas mujeres también trabajaban sirviendo en casas de ricos.
No había contratos de trabajo. Ni estaban asegurados. No tenían un salario mensual, ni vacaciones pagadas; tampoco, un horario: en el campo se trabajaba de Sol a Sol y sirviendo, hasta que los amos quisieran. No había fábricas en ese pequeño pueblo de Navarra, porque quizá no interesaba que las hubiera.
Hoy, igual que entonces, esa necesidad de ganar dinero para poder vivir hace que miles de personas “acepten” trabajar como autónomos, pese a que realmente sean asalariados. Estos trabajadores son obligados a darse de alta como autónomos para desempeñar una actividad por cuenta ajena,como la de cualquier otro empleado. Siempre han existido, pero nunca en número tan elevado como ahora. Para algunos, toda actividad puede ser desarrollada por un autónomo; nos encontramos “falsos autónomos” en despachos de abogados, centros médicos o de fisioterapia, dentistas… Incluso en bares, por sorprendente que parezca. Han sido los “riders”, quienes con su lucha dentro y fuera de los tribunales, han hecho que se vuelva a hablar de este tema.
Estos trabajadores no disfrutan de ningún derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores o convenio colectivo. No tienen derecho a permisos retribuidos o vacaciones remuneradas. No tienen un salario mínimo ni pueden solicitar incrementos salariales. Si se ponen enfermos, no cobran. Si su empleador no les paga, no pueden acudir al FOGASA. No cobrarán indemnización al finalizar el contrato, ni tendrán derecho a prestación por desempleo. Pero sí tienen obligaciones: deben pagar sus cuotas de autónomos, así el empleador se ahorra el pago de la seguridad social.
Cuando hablan de esto hacer referencia a nuevas realidades laborales y a la necesidad de definir qué es un trabajador por cuenta ajena y qué no, como si el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores no lo definiera ya. Estas “nuevas realidades” no son tan nuevas. Son la evolución de esas viejas realidades en las que unos tratan de aprovecharse de otros. Hace 80 años acudían a la plaza del pueblo a contratar jornaleros, hoy les obligan a hacerse autónomos si quieren trabajar. »
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