AYUDA VICTIMAS DE VALENCIA - CRUZ ROJA

domingo, 11 de noviembre de 2018

AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNOS DE NUEVO INGRESO DE GRADO Y PRIMER CURSO DE MÁSTER DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES EN LAS UNIVERSIDADES DE CASTILLA Y LEÓN (CURSO ACADÉMICO 2018-2019)



BDNS (IDENTIFICADOR):


422281

FECHA DE PUBLICACIÓN:

8 de noviembre de 2018

OBJETO:

Convocar ayudas al estudio para los alumnos de nuevo ingreso que cursen enseñanzas universitarias oficiales de grado (alumno de nuevo ingreso aquel que esté en condiciones de poder matricularse en el primer curso de cualquiera de los grados ofertados por las universidades de Castilla y León y que no se haya matriculado para cursar alguna enseñanza universitaria con anterioridad. Se entenderá que no es alumno de nuevo ingreso si ha estado matriculado alguna vez en la universidad aunque haya anulado la correspondiente matrícula), y para alumnos matriculados por primera vez en el primer curso de enseñanzas oficiales de máster en las universidades de Castilla y León durante el curso académico 2018-2019.

Quedan expresamente excluidas las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial y cursos de adaptación al grado, así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.

Las ayudas incluirán alguna o algunas de las siguientes modalidades:

a) MATRÍCULA: Destinada a cubrir el importe de los precios de la primera matrícula en una enseñanza de primer curso de enseñanzas oficiales de máster en alguna universidad de Castilla y León en el curso 2018-2019.

b) RESIDENCIA: Destinada a colaborar en los gastos que se ocasionen por residir fuera del domicilio familiar para estudiantes de grado que sean de nuevo ingreso.

De esta modalidad de ayuda no podrán beneficiarse los solicitantes con independencia familiar y económica, los que cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia, ni quienes se matriculen en menos de 60 créditos. 


Aunque realice simultáneamente varios estudios, ningún alumno podrá percibir más de una ayuda. En tales casos, se considerará que el solicitante ha optado por los estudios seleccionados en la aplicación informática.

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 9 de noviembre de 2018 hasta el 10 de diciembre de 2018

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:

Presencial:

Una vez cumplimentada la solicitud se deberá imprimir el formulario generado por la aplicación en formato PDF y presentarlo con la firma del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación (Avenida Real Valladolid, s/n. 47014 Valladolid).


Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.


En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).


Electrónico:

Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.


¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Estudiantes que, durante el plazo de presentación de solicitudes, reunan los requisitos.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

REQUISITOS GENERALES

a) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena.

Tendrán la consideración de familiares el cónyuge o la pareja legal así como los descendientes directos a cargo menores de 21 años.

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2017.

b) Estar matriculado en enseñanzas de grado, como alumno de nuevo ingreso, o de primer curso de máster, en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2018-2019.

c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título, del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda.

d) Cumplir los requisitos académicos y económicos establecidos en el siguiente apartado.

REQUISITOS ESPECÍFICOS

Serán requisitos específicos para optar a la modalidad de matrículalos siguientes:

a) Acreditar una nota en los estudios previos que le dan acceso al máster menor de 6,50 puntos, para másteres habilitantes o que sean condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada, y de 7 puntos para los restantes estudios de máster. El cálculo de esa nota se realizará según lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2018-2019, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios

b) La renta familiar neta no debe superar en el año 2017 los umbrales establecidos*.

Serán requisitos específicos para optar a la modalidad de residencialos siguientes:

a) Acreditar una nota de acceso menor de 6,50 puntos, con exclusión de la calificación obtenida en la fase específica.

Esta nota se calculará conforme a la fórmula 0,6NMB + 0,4 CFG, siendo NMB la nota media del bachillerato y CFG la calificación de la fase general de la EBAU.

En el caso de los solicitantes que accedan a las enseñanzas de grado sin la Fase General de la EBAU, será objeto de valoración la nota correspondiente de acceso a la universidad, calculada de 0 a 10 puntos.

b) Acreditar la residencia fuera del domicilio familiar, cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud.
A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca a alguno de los miembros computables que integran la unidad familiar.

c) La renta familiar neta no debe superar en el año 2017 los umbrales establecidos*.

 REQUISITOS: UMBRALES DE RENTA ESTABLECIDOS* (283 kbytes)

CUANTÍA:

MATRÍCULA: Cubrirá el importe de los precios de la matrícula en una enseñanza de máster en alguna universidad de Castilla y León en el curso 2018-2019.


RESIDENCIA: Su importe ascenderá a 1.600 € para estudiantes de grado que sean de nuevo ingreso.


¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario ACCESIBLE A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA e irá dirigida al Consejero de Educación, dicha solicitud se acompañará de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (99 kbytes)

ORGANISMO:

Responsable:

Consejería de Educación


Dirección General de Universidades e Investigación


Gestor:

Dirección General de Universidades e Investigación

Que resuelve:

Consejero de Educación

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para resolver la concesión de éstas ayudas será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera publicado resolución expresa, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

NOTIFICACIONES:

En el Boletín Oficial de Castilla y León.


RECURSOS:

Contencioso-administrativo


Reposición


INFORMACIÓN ADICIONAL:

Incompatibilidad

Estas ayudas, con la excepción prevista en el punto siguiente, serán compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, sin que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el coste de la actividad subvencionada.


Estas ayudas son incompatibles con la condición de beneficiario de las ayudas para realizar estudios de máster universitarios convocadas por la Comunidad Autónoma del País Vasco para el curso 2018-2019.


Subsanación de solicitudes

Se publicará en el "Boletín Oficial de Castilla y León" la relación de solicitantes cuya solicitud y/o documentación sea defectuosa o esté incompleta, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es/universidad).


La publicación de estas listas supondrá el inicio del cómputo del plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que pudieran haberse apreciado en las solicitudes, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición.


Tramitación electrónica

 SolicitudAcceder


Descargar formulario

 Documento de firmas180 kbytesDescargar


Descargas

BASES REGULADORAS: ORDEN EDU/1158/2018, de 23 de octubre (BOCyL 02-11-2018)386 kbytesDescargar


CONVOCATORIA: Orden de 5 de noviembre de 2018, de la Consejería de Educación (EXTRACTO publicado en BOCyL 08-11-2018)876 kbytesDescargar


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