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martes, 7 de enero de 2020

SOTILLO DE LA ADRADA: RENOVACIÓN DNI

El lunes 20 de enero se desplazará el equipo móvil de la Comisaría de Ávila al Ayuntamiento de Sotillo para expedición del Documento Nacional de Identidad (DNIe), de todos aquellos vecinos de esa localidad y su área de influencia que lo soliciten.
Para la expedición de los documentos se requiere:

martes, 6 de noviembre de 2018

AYUNTAMIENTO DE SOTILLO DE LA ADRADA: RENOVACIÓN DNI ELECTRÓNICO

Merced al acuerdo alcanzado entre el Ayuntamiento y la Subdelegación del Gobierno, los vecinos de Sotillo podrán volver a solicitar su DNIe sin necesidad de desplazarse hasta Ávila, con el consiguiente ahorro de tiempo y de gastos de desplazamiento.
El lunes 19 de noviembre, el Equipo Móvil de la Comisaría de la Policía Nacional de Ávila estará en Sotillo.
En tanto que este equipo podrá atender a un máximo de 40 personas, todos los interesados en renovar su DNI o en obtenerlo por primera vez deberán acudir al Ayuntamiento para solicitar cita y podrán hacerlo hasta las 14 horas del viernes 16 de noviembre. ( A la hora de completar el cupo tendrán prioridad las personas mayores, con discapacidad o dificultada de desplazamiento).

Para la expedición de los documentos se requiere:


A. En caso de RENOVACIÓN: (Los documentos entran en periodo de renovación cuando quedan menos de 180 días para que caduquen).
1. D.N.I. caducado.
2. Una fotografía reciente en color con fondo en blanco.
3. Volante o certificado de empadronamiento (únicamente en caso de cambio de domicilio).
4. Tasas 12,00 €.

B. En caso de EXTRAVÍO O SUTRACCIÓN:
1. Dos fotografías recientes en color con fondo en blanco.
2. Tasas 12,00 €.

C. En caso de PRIMERA INSCRIPCION:
1. Partida Literal de Nacimiento para D.N.I.
2. Volante o certificado de empadronamiento.
3. Una fotografía reciente en color con fondo en blanco.
4. Acompañado el menor del padre/madre con D.N.I. en vigor.
5. Tasas 12,00 €.

Están exentas del pago de tasas, las personas que tengan la condición de miembro de familia numerosa, debiendo acreditar dicha condición mediante la presentación del carné o título de familia numerosa en vigor; de conformidad con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

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