jueves, 20 de julio de 2023

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ÁVILA: Autorizada la publicación de una nueva convocatoria para conservación del patrimonio con cargo al 2% Cultural

 Patrimonio 

 



  • Se mantiene el sistema de cofinanciación entre MITMA, otros programas similares que puedan tener las comunidades autónomas o las diputaciones y el potencial beneficiario de los proyectos que se subvencionen


  • Se prevé movilizar una inversión de más de 110 millones de euros en, aproximadamente, 100 actuaciones repartidas por el territorio nacional



Ávila, 18 de julio de 2022.El Programa de Conservación del Patrimonio Histórico Artístico, Actuaciones del 2% Cultural, constituye uno de los instrumentos de la Administración General del Estado para responder al mandato constitucional por el que los Poderes Públicos deben garantizar la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran.


Es por ello que ya se ha autorizado la publicación de una nueva convocatoria, que se hará efectiva a corto plazo y pretende movilizar una inversión de más de 110 millones de euros en unas 100 actuaciones. 


En Ávila, la muralla de la capital ha sido objeto de intervenciones anuales con cargo a este programa, en aras a proteger y conservar este bien, con actuaciones destinadas a eliminar humedades, reposición de rejuntados o fijación de ripias, entre otros, como las excavaciones realizadas en el lado oeste del lienzo, en las inmediaciones del río Adaja, que permitieron refrendar la existencia de una  muralla romana en Ávila con dimensiones similares al trazado actual. 


El subdelegado del Gobierno ha recordado los requisitos para poder concurrir al 2% Cultural y que pasan por “cumplir la finalidad del 2% Cultural, esto es, que los fondos se destinen a: trabajos de conservación, restauración, rehabilitación y consolidación de bienes inmuebles, adquisición de bienes culturales y/o fomento de la creatividad artística”.

“En el caso de actuaciones en inmuebles, el inmueble debe estar declarado Bien de Interés Cultural (o categorías de máxima protección de las Comunidades Autónomas o tener iniciado el expediente de declaración) y debe ser de titularidad pública, aunque existen excepciones para invertir en edificios históricos privados cuando la propiedad esté cedida a una administración pública para su uso público, debidamente inscrita en el correspondiente registro y por un plazo mínimo de 50 años y cuando las inversiones se realicen en bienes incluidos en la Lista de Patrimonio Mundial (UNESCO) o del Plan Nacional de Catedrales”. 

Fernando Galeano recuerda que “este programa pasó del 1 al 1,5% en 2014 y que se incrementó, medio punto más, tras un acuerdo publicado en el Boletín Oficial del Estado del 12 de octubre de 2021”.

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