AYUDA VICTIMAS DE VALENCIA - CRUZ ROJA

viernes, 17 de mayo de 2019

CASAVIEJA: BASES DE LA CONVOCATORIA PARA OBTENCIÓN DE PLAZAS PROGRAMA CRECEMOS 2.019/2.020

AYUNTAMIENTO DE CASAVIEJA (ÁVILA)
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA OBTENCIÓN DE PLAZAS PROGRAMA CRECEMOS 2.019/2.020
 1º.- Tendrán absoluta preferencia los solicitantes empadronados en el municipio. A tales efectos deberán estar empadronados al menos uno de los progenitores y los menores que vayan a ser escolarizados.
2º.- Se establece el siguiente sistema de puntuación:
            1.- Por conciliación laboral, demostrable mediante vida laboral expedida por la Tesorería de la Seguridad Social de los últimos dieciocho meses:
            -SIN ACTIVIDAD LABORAL ……………………..………0 PUNTOS
            -CON ACTIVIDAD LABORAL. MÁXIMO ………………4 PUNTOS.
            Los puntos se establecerán en proporción al periodo trabajado y efectivamente justificado.
            La jubilación por cualquier causa legal se equipara a actividad laboral.
            De cara a favorecer la integración de la mujer en el medio laboral, la puntuación del otro miembro pareja, sin distinción de sexo, será del 50%. No obstante cuando la puntuación laboral sea 0 será del 25%. Obtenidas las puntuaciones finales no podrán estar por delante de otros solicitantes cuya puntuación por actividad laboral sea superior a 0.
            De cara a favorecer a las familias uniparentales, sin distinción de sexo, la puntuación se multiplicará por dos.
            2.- Por continuidad del menor en el programa:
            -UN AÑO ……………………………………………………1 PUNTO.
            -DOS AÑOS …………………………………………………2 PUNTOS.
3.- Caso de empate se estará en primer lugar a que el menor haya estado escolarizado en uno o dos años escolares anteriores. Caso de que esta circunstancia sea igual se estará a la mayor puntuación laboral del solicitante.
4º.- Sustituciones por bajas: caso de producirse durante el curso escolar, se hará por orden de puntuación de los solicitantes que no hayan obtenido plaza en la convocatoria. Caso de no cubrirse la plaza por dicho método se procederá a hacer nueva convocatoria pública.
5º.- Bajas por falta de asistencia:
            Se procederá a causar baja por falta de asistencia cuando, de forma injustificada, el menor haya faltado:
            -30% de días lectivos en el plazo de un mes.
            -20% de días lectivos durante un semestre natural.
            Los menores entre tres y nueve meses se considerarán en periodo de adaptación.
            Los primeros treinta días de incorporación en cualquier edad tendrán la misma consideración.
            En estos casos existirá flexibilidad en cuanto a faltas de asistencia y cumplimiento del horario de entrada que deberán contar con el informe favorable de las educadoras del centro.
6º.- Horarios de entrada y salida:
            Se establecen los siguientes horarios de entrada y salida:
            -ENTRADA: desde las 09:00 horas hasta las 09:30 horas.
            -SALIDA: desde las 13:15 horas hasta las 14:00 horas.
            Estos horarios podrán ser modificados en función de las necesidades y optimización de la prestación del servicio.
Para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar se ofrecerá un servicio continuo de 14.00h hasta las 17.00h.
7º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
            LAS SOLICITUDES SE PODRÁN PRESENTAR, ACOMPAÑADAS DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA: CERTIFICACIÓN DE VIDA LABORAL EXPEDIDA POR LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, HASTA EL SÁBADO 1 DE JUNIO, A LAS 12:00 HORAS, EN LAS OFICINAS DE ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO O POR SEDE ELECTRÓNICA.
Documento PDF: BASES.PDF

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